otros es embargable un plan de pensiones

Todo lo que debes saber sobre la embargabilidad de un plan de pensiones

No siempre reflexionamos en la posibilidad de embargar los planes de ahorro para la jubilación cuando somos jóvenes, pero a medida que avanzamos en nuestras carreras, estamos más próximos a determinar nuestro futuro en la jubilación y visualizar cómo queremos vivir en esa etapa de nuestras vidas.

Cuándo el embargo es aplicable a mi fondo de jubilación

En caso de que el titular sea considerado insolvente y no pueda cumplir con sus obligaciones, se puede proceder al embargo de su plan de pensiones, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones, tales como:

  • El titular debe tener un saldo favorable en el plan de pensiones, es decir, suficiente para cubrir la deuda.
  • El plan de pensiones debe estar activo y no encontrarse en proceso de liquidación.
  • El embargo debe ser solicitado por un acreedor con una deuda reconocida y debidamente documentada.
  • La solicitud de embargo debe ser autorizada por un juez o tribunal competente.

Una vez se cumplan todas estas condiciones, se procederá al embargo del plan de pensiones del titular insolvente. Esto significa que se congelarán los fondos en el plan y se destinarán a pagar la deuda pendiente al acreedor.

Es importante tener en cuenta que el embargo de un plan de pensiones puede ser una medida drástica y debe ser considerada como último recurso, ya que afecta directamente a la seguridad económica y financiera del titular.

Además, si el plan de pensiones estaba destinado a ser una fuente de ingresos para la jubilación, el embargo puede tener un impacto negativo en la calidad de vida y bienestar del titular en su etapa de retiro.

Por lo tanto, es necesario siempre buscar soluciones alternativas antes de recurrir al embargo de un plan de pensiones, como por ejemplo negociar un plan de pago con el acreedor o buscar una reestructuración de la deuda.

Aunque el embargo de un plan de pensiones puede ser una opción válida en algunos casos, debe ser utilizado con precaución y solo después de agotar todas las demás opciones disponibles.

Restricciones de confiscación en los planes de jubilación

Según lo estipulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil y tal como mencionamos previamente, se consideran inembargables las remuneraciones que no superen el Salario Mínimo Interprofesional. En aquellos casos en que la pensión sea mayor a 1.000 euros, la normativa establece límites específicos.



En caso de que el titular tenga cargas familiares, la cantidad a retener debe ser menor, aplicando un porcentaje de reducción aproximado entre el 10% y 15%.



Por supuesto, los deudores tienen el derecho de defender su pensión y presentar argumentos para que el juez pueda anular la decisión.

Opciones para embargar fondos de jubilación Cuáles son las condiciones aplicables

El Reglamento de Planes y Pensiones afirma que, mientras los fondos permanecen invertidos en el plan de pensiones, no pueden ser embargados ni sujetos a cualquier tipo de restriccón legal o administrativa.

Esta norma brinda a todas las personas que posean un plan de pensiones la oportunidad de conservarlo, con el objetivo de obtener beneficios hasta su momento de jubilación. O en su defecto, retirarlo en caso de presentarse alguna de estas situaciones:

  • Serias dificultades económicas
  • Enfermedad grave
  • Invalidad
  • Fallecimiento del titular o de su cónyuge
  • Desempleo prolongado
  • Compra de vivienda principal

Restricciones al bloqueo del fondo de retiro

Según lo establecido en la normativa de Procedimiento legal Civil, es inembargable cualquier remuneración, ya sea salario, estipendio, pensión u otro similar, siempre y cuando no sobrepase la cantidad fijada para el salario mínimo interprofesional (SMI). Sin embargo, si la pensión supera esta cifra, podrá ser objeto de embargo, sujetándose a los siguientes límites:

En el caso de que el beneficiario de la pensión tenga personas a cargo, se procederá a una reducción del porcentaje máximo permitido, aplicando una disminución que oscilará entre el 10% y el 15%.

Desde cuándo podría ser embargado mi fondo de jubilación

Embargo de planes de pensiones por parte de la Administración:

Al día de hoy, no es viable que la Administración embargue un plan de pensiones. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, se podrá realizar este tipo de embargo de manera legítima por parte de Hacienda.

Razones por las cuales mi plan de jubilación puede ser embargado

"La morosidad es un problema común que afecta a muchas personas, especialmente a aquellos que extienden sus deudas hasta la edad de jubilación y nunca se responsabilizan de ellas. Esto puede resultar en una decisión desfavorable, considerando los altos intereses que se acumulan.

En otros casos, es posible que un jubilado, sin tener un trabajo activo y con su pensión como única fuente de ingresos, solicite un préstamo que luego no puede pagar. En esta situación, los acreedores no suelen perdonar la deuda y pueden tomar medidas legales para embargar la pensión del deudor."

Embargos aplicables a las pensiones Cuáles son

Actualmente, se encuentran vigentes limitaciones para embargar pensiones. Sin embargo, a partir de enero del año 2025, según lo dispuesto en nuevas normativas legales, todas las pensiones podrán ser sujetas a embargo, independientemente de que su titular las perciba o no.

Previo a la etapa de cobro, las pensiones no pueden ser embargadas. Es decir, mientras se encuentren en proceso de inversión y no se cumpla el plazo establecido para que el titular pueda recibir los beneficios, no pueden ser objeto de ninguna acción judicial.

El panorama se complica aún más cuando las pensiones entran en fase de cobro. En el momento en que el titular alcance la edad requerida para recibir los beneficios de sus ahorros, es cuando puede ser sometido a una demanda para que dicho dinero sea embargado.

A partir de cuándo se permitirán confiscar los fondos de jubilación

A partir del 1 de enero de 2025, los planes de pensiones pueden ser embargados, sujetos a una traba judicial o administrativa. Esto se debe a que los titulares pueden recuperar las aportaciones y rendimientos generados que tengan una antigüedad de diez años.

En qué momento es posible retener un fondo de jubilación

Es importante tener en cuenta que hasta cumplirse estos escenarios, no es posible proceder al embargo.

Cómo evitar el bloqueo del fondo de jubilación

Embargo del patrimonio del plan de pensiones en caso de deudas pendientes

Si llega el 1 de enero de 2025 y el partícipe del plan de pensiones tiene deudas o cuentas pendientes con terceros, estos podrán iniciar el embargo del patrimonio de dicho plan.

Antes de proceder con el embargo del plan de pensiones, es común que la Administración lo haga primero con la cuenta corriente. Además, dependiendo del tipo de deuda, también pueden embargar la nómina del partícipe, retirando una cuantía mensual destinada a cubrir todos los pagos pendientes.

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El bloqueo de un plan de jubilación De qué se trata

No es del todo cierto que las pensiones sean intocables, a pesar de lo que se ha dicho. En realidad, existe la posibilidad de embargar un plan de pensiones como parte de una compensación por jubilación.

Pero hay limitaciones en cuanto a la cantidad que se puede embargar. Dicho esto, es común creer que las pensiones no pueden ser sujetas a retención judicial.

Consejos para proteger tu fondo de jubilación de posibles embargos

Evita el embargo de tu pensión con estas opciones legales

Si estás en peligro de sufrir un embargo de tu pensión, existen diversas alternativas que puedes explorar antes de que sea demasiado tarde. Una de ellas es tramitar un recurso administrativo, siempre y cuando se detecte alguna inexactitud en la demanda presentada por el acreedor. Sin embargo, esta solución no es definitiva, ya que el error puede corregirse y se puede presentar una nueva demanda con éxito.

Otra opción es solicitar un aplazamiento del pago a través de Hacienda. Sin embargo, como en el caso anterior, esta estrategia también puede verse limitada si no se cumple con el pago dentro del plazo establecido.

En cambio, la Ley de la Segunda Oportunidad es una vía más segura y viable para proteger tu pensión de un embargo. Al acogerse a esta ley, tus intereses quedarán congelados, lo que significa que el monto de la deuda disminuirá con el paso del tiempo. Una gran ventaja si se compara con otras situaciones donde los intereses siguen aumentando, incluso superando el valor de la deuda original. No esperes más y busca el amparo de esta ley para proteger tu pensión.

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