Haz tu trámite en Hacienda de la Comunidad de Madrid con cita previa fácilmente
Pide una reserva de turno en las Oficinas de Soporte en Temas de Registro, los Puntos de Orientación y Atención al Público (POAP) y los Puntos de Orientación Especializada (POE) de la Región de Madrid, con el fin de llevar a cabo las diligencias y procedimientos que necesites.
Cita previa obligatoria
Con el fin de evitar aglomeraciones en la oficina liquidadora del Paseo del General Martínez Campos, es obligatorio solicitar una cita previa. Los servicios presenciales serán limitados y únicamente se atenderán aquellos indispensables. Para el resto de servicios disponibles, se recomienda utilizar medios telemáticos o telefónicos.
Declaración forzosa del Impuesto sobre Herencias y Donativos
La Ley 10/2020 entró en vigor el 31 de diciembre de 2020 y modifica la Ley General Tributaria (58/2003) para transponer la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo. Además, establece el régimen de autoliquidación obligatoria del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y prohíbe la presentación de declaraciones sin la correspondiente autoliquidación a partir de esa fecha.
Cita previa obligatoria
Con la finalidad de disminuir la cantidad de personas en la oficina liquidadora ubicada en el Paseo del General Martínez Campos, es indispensable solicitar una cita previa. La atención en persona estará restringida únicamente a los servicios esenciales, mientras que se recomienda utilizar medios telemáticos o telefónicos para los demás servicios disponibles.
Te informamos
Tratamiento individual de autoliquidaciones: En caso de tener que presentar varias autoliquidaciones en una misma declaración, se puede elegir individualmente cómo se desea proceder con cada una de ellas: pagarlas, aplazarlas o fraccionarlas.Solicitud de aplazamiento telemático: A través de la Oficina Virtual, se podrá acceder al modelo de solicitud de aplazamiento y presentarlo de forma electrónica. Será necesario introducir el número de referencia y la fecha de presentación de dicha solicitud posteriormente.
Oficinas Liquidadoras
Es necesario pedir una cita para llevar a cabo autoliquidaciones, presentar declaraciones tributarias y presentar solicitudes o escritos en el registro.
Esta cita es imprescindible para realizar cualquier trámite dentro del siguiente ámbito territorial: Alcalá de Henares, Ambite, Anchuelo, Camarma de Esteruelas, Campo Real, Corpa, Fresno de Torote, Loeches, Meco, Mejorada del Campo, Nuevo Baztán, Olmedo de las Fuente, Orusco de Tajuña, Pezuela de las Torres, Pozuelo del Rey, Riva Tejada, Riva-Vaciamadrid, San Torcaz, Santos de la Humosa, Torres de la Alameda, Valdeavero, Valdilecha, Valverde de Alcalá, Velilla de San Antonio y Villalbilla.
El horario para pedir cita es de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00 horas, excepto en agosto y los días 24 y 31 de diciembre, que será de 9:00 a 14:00 horas.
Deber de autoliquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
A partir del 31 de diciembre de 2020, entrará en vigor la Ley 10/2020, de 29 de diciembre. Esta ley modifica la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en consonancia con la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo de 25 de mayo de 2018. Además, en virtud de esta ley, se realizarán cambios en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Uno de los cambios más significativos es que a partir de esa fecha, será obligatorio autoliquidar el impuesto, de acuerdo con el régimen establecido. Por lo tanto, es importante tener en cuenta que a partir de ahora, no se aceptarán declaraciones sin la correspondiente autoliquidación.
Nuevas propuestas de la temática Servicio al contribuyente
En esta página, encontrarás respuestas a consultas formuladas sobre las disposiciones de la Comunidad de Madrid y su capacidad normativa. Los contribuyentes tienen el derecho de recibir un reembolso por los costos incurridos al mantener una garantía para suspender la ejecución de sus deudas tributarias o para aplazar el pago.
Valoración de bienes inmuebles
¿Necesitas valorar bienes inmuebles urbanos o rústicos para presentar tus impuestos de sucesiones y donaciones o transmisiones? ¡No te preocupes! En este enlace encontrarás toda la información que necesitas sobre este proceso.
Si tienes que presentar la autoliquidación del impuesto de sucesiones y donaciones o del impuesto de transmisiones, es importante que conozcas el valor de tus bienes inmuebles. Para ello, es necesario realizar una valoración previa que te permitirá determinar su valor real en el momento de la presentación de los impuestos.
En este enlace podrás acceder a la información necesaria para realizar esta valoración, tanto en casos de bienes inmuebles urbanos como rústicos. Podrás encontrar información sobre los métodos y criterios utilizados para determinar el valor, así como también sobre los requisitos y documentos necesarios.
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Imperativo de autogestión en el Impuesto sobre Herencias y Legados
Modificación de Leyes Tributarias por la entrada en vigor de Ley 10/2020Desde el 31 de diciembre de 2020, está en vigor la Ley 10/2020 que introduce cambios en la Ley General Tributaria y en la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Estos cambios son necesarios para cumplir con la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo de 25 de mayo de 2018.
Entre las modificaciones realizadas, destaca la obligatoriedad de presentar autoliquidaciones del impuesto sobre sucesiones y donaciones. A partir de ahora, la presentación de declaraciones sin estas autoliquidaciones no será válida y no será admitida por las autoridades fiscales.
Esta medida tiene como objetivo simplificar y agilizar el proceso de recaudación del impuesto, evitando así posibles errores o discrepancias en la información proporcionada por los contribuyentes. Se ha establecido un régimen de autoliquidación obligatorio para garantizar una correcta gestión del impuesto y una mayor transparencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Con estas modificaciones, se busca mejorar la eficacia y eficiencia del sistema tributario, así como fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los ciudadanos. Por ello, es importante que todos los contribuyentes estén informados y cumplan con las nuevas normativas para evitar posibles sanciones o complicaciones en el futuro. ¡Es responsabilidad de todos contribuir con la correcta gestión de los impuestos!
Amplia información sobre el servicio al contribuyente
Respuestas a consultas sobre disposiciones de la Comunidad de MadridEn esta página, podrá encontrar las respuestas a las preguntas formuladas en relación con las normativas aprobadas por la Comunidad de Madrid.
Acceso al módulo de Bingo Electrónico y Bingo Dinámico
Las empresas que hayan sido autorizadas a comercializar el Bingo Electrónico y/o Bingo Dinámico podrán acceder de manera online al módulo correspondiente para realizar sus trámites.
Estado de tramitación de solicitudes telemáticas
Consulta el estado en el que se encuentran tus solicitudes realizadas de forma telemática.
Requisitos para realizar consultas telemáticas
Para poder acceder a la consulta telemática, es necesario que dispongas de un certificado digital.